Las preguntas que el secretario de Competitividad no quiere responder  1 6 julio, 2024

Dos concejales de Neiva elevaron un derecho de petición de información al secretario de Competitividad, Edwin Valencia sobre temas controvertidos como lo es el cirujano de las cabalgatas durante las festividades sampedrinas. En presencia de la negativa por parte del funcionario, presentaron queja formal y solicitud de proceso disciplinario frente a la Procuraduría.

Los concejales Juan Diego Amaya Palencia, presidente de la corporación, y Humberto Perdomo presentaron un derecho de petición frente a la Secretaría de Competitividad de Neiva, que lidera el excandidato a la gobierno del Huila por el Centro Demócrata, Edwin Valencia, pero el funcionario no habría respondido, según informaron los cabildantes.

Ahora los concejales de Neiva presentaron la solicitud de inicio de proceso disciplinario en contra de servidor notorio, frente a la Procuraduría Provincial de Neiva, frente a la negativa de Valencia.

En el derecho de petición de información, al funcionario se le interrogó sobre las cabalgatas, especialmente sobre cómo se eligió al cirujano.

Los cuestionamientos

Entre las preguntas están: ¿Cuál fue el mecanismo utilizado por la Secretaría de Competitividad para comunicar a la ciudadanía en común la existencia de la convocatoria (…) y de esta forma asegurar la pluralidad en el proceso?

¿Por qué tan solo se dieron dos días para la revisión del proceso establecido en la Resolución 007 de 2024, “por medio del cual se convoca y se reglamenta el proceso y los requisitos para distinguir el cirujano de las cabalgatas (…) y la décimo de la ciudadanía en el mismo?

¿Por qué no se permitió la radicación de ofertas de modo electrónica haciendo uso de las distintas herramientas y canales electrónicos que tiene la Alcaldía de Neiva?

Y una de las más inquietantes: Certifique cuántas ofertas fueron radicadas por escrito en la oficina de correspondencia de la Alcaldía de Neiva, aniversario y hora de recibo de estas (…).

Así mismo, indicaron los concejales que de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Resolución 007 de 2024, el día 13 de junio de 2024, se debía realizar la publicación del noticia de evaluación y selección del oferente; sin confiscación, no se encuentra publicado.

Otra de las preguntas es, ¿por qué el único criterio de selección del cirujano de las cabalgatas es el maduro valencia presentado este, y no se tienen en cuenta los criterios de protección y bienestar animal establecidos en la ley y en el acuerdo 043 de 2023?

LA NACIÓN contactó vía whatsapp al secretario Edwin Valencia para conocer su traducción y apostilla del tema. Por su parte el funcionario dijo que lo expresado por los concejales era aparente, sin confiscación, luego borró los mensajes. Y al insistir por una respuesta, guardó silencio.

Radicaron queja

Ayer el Concejo de Neiva informó que, como el funcionario no contestó el derecho de petición y sus 11 preguntas, entonces Luís Humberto Perdomo y Juan Diego Amaya Palencia presentaron queja formal y solicitud de proceso disciplinario en contra de servidor notorio frente a la Procuraduría Provincial de Neiva.

“El concejal Luís Humberto Perdomo se declaró en competición al gobierno municipal de turno, adyacente con su partido político en los términos dispuestos por la Ley 1909 de 2018”, recordó la corporación. “El término para dar contestación al derecho de petición inició el 15 de junio y se extendía en el tiempo hasta el 21 del mismo mes, razón por la cual, el plazo de dar contestación se encuentra vencido y a la aniversario no reposa respuesta radicada en la Corporación Concejo de Neiva”, explicó.

Internamente de la solicitud presentada por los concejales, se argumenta que en el comportamiento adoptivo por el secretario de Competitividad, hay “omisión administrativa en dar contestación a la solicitud de información pública, vulnera abiertamente derechos fundamentales y políticos de los concejales peticionarios, como lo son, el Derecho de Petición y el Derecho de Acercamiento a la Información y a la documentación oficial. Lo cual, en los términos del artículo 259 de la Ley 5a de 1992, aplicable por remisión norma del Acuerdo 010 de 2022 “Por el cual se expide el Reglamento Interno del Concejo de Neiva (Huila)” puede calificarse como una mala conducta del funcionario responsable de dar contestación”.

Humberto Perdomo indicó que el objetivo de la tutela era “resolver algunas inquietudes que teníamos con respecto a las cabalgatas”, correcto a que “han surgido una serie de dudas, de cuestionamientos, además con respecto a la provisión”.

“Vale aclarar que el periodo de respuesta, estaba entre los cinco (5) días hábiles correcto a que soy concejal de competición y a partir del estatuto de competición, se nos da un periodo de tiempo estipulado para que la suministro municipal nos de señal como competición y nos respondan en ese tiempo”.

Sentar un precedente

El cabildante del Pacto Histórico explicó además por qué elevaron la queja frente a la Procuraduría.

“Hemos hecho una queja y solicitud de inicio de proceso disciplinario en contra de servidor notorio a la Procuraduría, sobre todo, para dejar un precedente de la importancia de que la suministro atienda este tipo de solicitudes, de modo oportuna y de acuerdo con lo estipulado en la norma”, concluyó.

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