Dian declaró contingencia por fallas para presentar la declaración de renta 4 13 agosto, 2024

Mediante comunicado oficial, la Dian declaró indisponibilidad de los servicios por inconvenientes en la firma y presentación de declaraciones.

A través de un comunicado oficial, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian dio a conocer que declaró indisponibilidad de los servicios por inconvenientes en la firma y presentación de declaraciones.

Así mismo, enfatizó que la medida aplicará para la presentación de las declaraciones de renta personas naturales cuyo NIT finalice en los dígitos 01 y 02 y para el período séptimo de retención en la fuente de los NIT que finalizan en el dígito 1.

Contextualizó que de conformidad con la certificación emitida por la Dirección de Trámite de Innovación y Tecnología, se declaró la contingencia por indisponibilidad de los servicios de que proxenetismo el artículo 579-2 del Estatuto Tributario, correcto a incidentes con la funcionalidad de firma electrónica y la recuperación de contraseña.

Explicó la entidad que esta audacia se tomó teniendo en cuenta que ayer 12 de agosto iniciaron los vencimientos y que estas incidencias impiden a algunos contribuyentes con vencimiento en la vencimiento presentar su comunicación de renta o de retención en la fuente.

Por lo antecedente, la empresa las identificará a las personas naturales cuyo NIT finaliza en los dígitos 01 y 02 que no puedan presentar su comunicación pero que hayan esmerado un dechado y el sistema les haya generado un número de formulario, para que cuando se restablezca el servicio presenten la comunicación sin finiquitar puro e intereses.

De acuerdo con la Dian quienes no hayan podido entrar a su cuenta de beneficiario y no cuenten con un documento en dechado de su comunicación, pueden escribir a través del sistema de PQSRD reportando el incidente con la recuperación de contraseña y ataque al sistema; de esta modo la entidad podrá validar lo informado e identificarlos para que puedan presentar su comunicación sin puro e intereses cuando se restablezca el servicio.

En consecuencia, se podrán presentar las declaraciones tributarias y efectuar su correspondiente cuota a más tardar al día venidero a aquel en que se referencia que el servicio digital se encuentra estable para la presentación y firma de las declaraciones, lo cual se comunicará oportunamente en el portal web de la entidad.

Tenga en cuenta

De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – Dian, a usted le toca fallar si cumple con una de estas condiciones:

  • Que su patrimonio bruto, a 31 de diciembre de 2023, haya sido superior a $854.000.
  • Que, en 2023, sus ingresos brutos hayan sido iguales o superiores a $59.377.000.
  • Que sus consumos con polímero de crédito, en 2023, hayan sido superiores a $59.377.000.
  • Que el valía total de sus compras y consumos, en 2023, hayan sido superiores a $59.377.000.
  • Que el valía total acumulado de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras hayan sido superiores a $59.377.000.
  • Ser responsable del Impuesto sobre las Ventas (IVA) a 31 de diciembre de 2023.

CALENDARIO

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