El pleno de la Cámara de Diputados emitió la declaratoria de constitucionalidad de la reforma al artículo 19 de la Constitución, por la que se agregan nuevos delitos al catálogo de flagelos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
En la sesión de este martes se informó que, tras su aval en la Cámara de Diputados y Senadores, la minuta recibió el voto aprobatorio de vigésimo congresos locales correspondientes a: Descenso California, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guerrillero, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llavín, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México. Por lo tanto, se cumple con la mayoría de los votos aprobatorios de los congresos locales que exige el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Con lo precedente, la reforma podrá ser publicada por el ejecutante en el Diario Oficial de la Convenio.
La modificación a la carta magna agrega la perturbación como delito por el que las y los jueces pueden ordenar prisión preventiva.
Asimismo, se añade al catálogo de delitos la ilegal presentación, desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.
De igual forma incluye los delitos que vayan en contra de la sanidad, el soberano mejora de la personalidad y los de cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.
TURNAN A COMISIONES LEYES SECUNDARIAS DE REFORMA JUDICIAL
Al término de la sesión, incluso se aprobó que las minutas relativas a las leyes secundarias del Poder Legal se publiquen en la Semanario Parlamentaria y se turnen para parecer a la Comisión de Razón.