Datos clave de reforma pensional; está a un debate de ser ley 1 24 mayo, 2024

El tesina de reforma pensional del presidente Gustavo Petro propone un cambio en el maniquí de pensión del país de dos regímenes a un sistema de cuatro pilares. La Comisión Séptima de la Cámara le dio el pasado bueno y pasó a postrer debate en plenaria.

CATALINA MANCHOLA

@cate_manchola

Tres días tardó el debate en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes a la propuesta de reforma pensional del gobierno del presidente Gustavo Petro. Los congresistas sesionaron durante más de cinco horas el primer día, más de seis horas el segundo, mientras que ayer se extendió más de nueve horas.

A la Comisión le correspondió el tercer debate; los dos primeros se habían desarrollado en Comisión Séptima de Senado y luego en plenaria.

Al finalizar invicto en la tercera deliberación, el tesina de ley de reforma pensional entra en su recta final para convertirse en Ley de la República.

La ponencia llegó con 95 artículos y salió con 94 porque uno fue eliminado por ser inconstitucional.

Se pretende acontecer de dos regímenes que compiten entre sí, a un sistema de cuatro pilares donde los fondos privados y Colpensiones se complementen, apuntándole a ampliar la cobertura pensional.  Y que sea un fondo de capital que se utilizará solamente para remunerar pensiones y será administrado por el Tira de la República

Para la ministra del Trabajo, Celebridad Inés Ramírez Ríos, esta iniciativa de ley es una oportunidad de dignificar la vejez y elaborar las vidas de los menos favorecidos.

“Con esta reforma buscamos encima la equidad, salir de un régimen de competencia y acontecer a un sistema de derechos, donde las y los colombianos tengan una verdadera protección para su vejez”, aseguró la Ministra.

La titular de la cartera sindical destacó que con esta reforma se eliminan los subsidios a las pensiones altas y se protegerán las pensiones de los jóvenes, gracias a la creación del fondo de capital.

Los datos secreto

En el Pilar Solidario estarán cerca de 3 millones de adultos mayores en pobreza extrema quienes recibirán el auxilio de 223 mil pesos.

En el Pilar Semicontributivo estarán quienes tienen la perduración de pensionarse y han cotizado, pero no las semanas suficientes.

En el Pilar Contributivo estarán todas las personas afiliadas al sistema, este a su vez se divide en dos componentes: de Prima Media (Colpensiones) y Complementario de Economía Individual (fondos privados). Según lo admitido hasta ahora, el puertas para dividir entreambos componentes sería de 2.3 salarios mínimos legales mensuales vigentes -smlmv.

Es afirmar, que su usted devenga por debajo de $2.990.000 al mes, estará solo en Colpensiones. En tanto que, si devenga más de ese puertas, cotizará en entreambos, pero a los fondos privados va el monto que esté por chaparro o excedan los 2,3 smlmv.

Por su parte el Pilar de Economía Voluntario estará integrado por personas que hagan un capital voluntario a través de los mecanismos que existan en el sistema financiero, según el régimen que establezca la Ley, con el fin de complementar el monto de la pensión integral de vejez.

Otro punto importante, es que con este nuevo sistema se averiguación pensionar, mas no devolver el renta ahorrado a los pensionados.

Los que se salvan de la reforma. Incluso se establece un régimen de transición para aquellas personas que están a punto de pensionarse para quienes no aplica la citada reforma y siguen con el maniquí de la ley 100 de 1993. Este punto cobijaría a quienes tienen más de 900 semanas si es hombre y 750 semanas en las mujeres.

De otra parte, habrá quienes logren una prestación anticipada de vejez. Serán los afiliados que no estén en el régimen de transición y que cumplan 62 primaveras de perduración si es mujer, o 65 primaveras de perduración si es hombre, a posteriori de la entrada en vigencia de la citada propuesta de ley y que a posteriori de hacer uso del sistema actuarial de equivalencias establecido en esta ley, no reúnan las semanas mínimas para aceptar a la pensión de vejez del pilar contributivo y que tengan más de 1.000 semanas cotizadas, podrán disfrutar de la prestación anticipada de vejez.

Durante el tercer debate se aprobó que la reforma pensional tenga una vigencia a partir del 1 de julio de 2025.

Así es como va quedando la propuesta, no obstante, en plenaria pueden cambiar varios de estos puntos, sobre todo el planteado para el puertas y la entrada en vigencia.

Para evitar ser archivada, la reforma debería aprobarse antiguamente del 20 de junio.

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