La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recordó que entre el 12 y el 29 de agosto, las personas naturales residentes fiscales en Colombia con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) terminados entre 01 y 26 deben resolver renta.
La Dian recordó que entre el 12 y el 29 de agosto, las personas naturales residentes fiscales en Colombia con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) terminados entre 01 y 26 deben presentar la exposición del impuesto sobre la renta y complementarios (año gravable 2023) y retribuir en caso de ser necesario.
El calendario de renta para personas naturales se extiende hasta octubre de este año y el plazo depende de los dos últimos dígitos del NIT.
Anotó que a partir de este año, todas las personas naturales, independientemente de si viven en Colombia o en el foráneo, deberán presentar su exposición a través del Servicio Informático de Diligenciamiento de la DIAN. Desde septiembre de 2023, con la resolución 139, ya no es posible presentar las declaraciones en medios litográficos en las entidades autorizadas para cobrar.
De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), a usted le toca resolver si cumple con una de estas condiciones:
- Que su patrimonio bruto, a 31 de diciembre de 2023, haya sido superior a $854.000.
- Que, en 2023, sus ingresos brutos hayan sido iguales o superiores a $59.377.000.
- Que sus consumos con polímero de crédito, en 2023, hayan sido superiores a $59.377.000.
- Que el valía total de sus compras y consumos, en 2023, hayan sido superiores a $59.377.000.
- Que el valía total acumulado de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras hayan sido superiores a $59.377.000.
- Ser responsable del Impuesto sobre las Ventas (IVA) a 31 de diciembre de 2023.
¿Qué debe hacer para presentar la exposición de renta?
Debe estar inscrito(a) en el RUT. Si ya está inscrito(a) en el RUT, pero cambió de dirección, correo electrónico, número telefónico o actividad económica, debe actualizarlo. Su cuenta de heredero y firma electrónica deben estar habilitadas para tener comunicación a los servicios en andana de la DIAN, donde usted debe cumplir con su obligación. Entre, con su heredero y contraseña, al Servicio Informático de Diligenciamiento de la DIAN. Tenga listos los documentos necesarios para hacer su exposición. Firme y presente electrónicamente su exposición. Si debe retribuir, hágalo antaño de que se venza su plazo para hacerlo.
Calendario de vencimientos
Amplíe la información en el futuro link: https://micrositios.dian.gov.co/renta-personas-naturales-ag-2023/